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Actualización de la Ley Empresarial de Florida: Lo que Cambió el 1 de Enero de 2026 (Edición de Miami-Dade) Autor: Yoel Molina, Esq., Propietario y Operador de la Oficina Legal de Yoel Molina, P.A.

09 January 2026

Actualización de la Ley Empresarial en Florida:

 

¿Qué cambió el 1 de enero de 2026? (Edición Miami-Dade)

 

Florida inició el 2026 con cambios específicos —pero importantes— que afectan impuestos, seguros, contratación, operaciones de salud y cumplimiento de asociaciones comunitarias. Utilice esta guía para ajustar presupuestos, contratos y procesos durante el primer trimestre.

 

1) Compensación laboral: reducción promedio del –6.9%

Florida aprobó una reducción estatal del 6.9% en las tarifas de compensación laboral, efectiva a partir del 1 de enero de 2026 (pólizas nuevas y renovaciones). Solicite a su corredor confirmar los códigos de clasificación y su experience mod para asegurar que el ahorro se refleje correctamente.

2) Impuestos al combustible: ajustes por CPI y eliminación del impuesto al combustible de aviación

  • Las tarifas estatales de gasolina y diésel se ajustaron el 1 de enero conforme al índice CPI; revise los recargos en propuestas y tarifas de entrega.

  • Florida eliminó el impuesto especial al combustible de aviación (jet fuel/queroseno sin teñir/avgas) a partir del 1 de enero de 2026. El reporte deja de hacerse en las declaraciones de combustible (revise el impuesto a contaminantes).

3) Impuesto al combustible de gas natural para vehículos retrasado hasta 2030

Para flotas CNG/LNG, la imposición del impuesto estatal se pospuso del 1 de enero de 2026 al 1 de enero de 2030 (con aplicación total en 2031). Ajuste los modelos financieros de largo plazo.

4) Impuesto corporativo: alineación y cambios en declaraciones

  • Florida actualizó la conformidad con el IRC hasta el 1 de enero de 2025 para el impuesto corporativo estatal.

  • Los fideicomisos caritativos dejan de considerarse “corporaciones” para fines del impuesto corporativo en años fiscales que comiencen el 1 de enero de 2026 o después; muchos dejarán de presentar el formulario F-1120.

5) Nuevos créditos fiscales para negocios (ventana de aplicación ya abierta)

Home Away From Home Tax Credit: Para los años fiscales 2026–2031, las empresas que contribuyan a organizaciones benéficas que alojan familias de niños gravemente enfermos pueden reclamar créditos fiscales (impuesto corporativo, primas de seguros y ciertos impuestos a bebidas). Las solicitudes abrieron el 2 de enero de 2026 a las 9:00 a.m. (ET).

6) Impuesto de reempleo (desempleo): parámetros 2026

La base salarial permanece en $7,000 por empleado; el rango de tasas para 2026 es de 0.1% a 5.4%. Actualice los sistemas de nómina conforme a la notificación recibida en diciembre.

7) Intereses del Departamento de Ingresos: 11% hasta el 30 de junio

Para la mayoría de impuestos y cargos estatales, la tasa de interés por pagos tardíos o deficiencias es del 11% del 1 de enero al 30 de junio de 2026 (antes 12%). Actualice las provisiones.

8) Impuesto local a servicios de comunicaciones (CST)

Varias tasas locales de CST cambiaron el 1 de enero de 2026. Si presta o revende servicios de comunicaciones —o administra cuentas de telecomunicaciones— verifique las facturas de enero con la tabla oficial del DOR.

9) Empresas de salud: reembolsos a pacientes en 30 días

Profesionales, proveedores e instalaciones con licencia deben reembolsar sobrepagos de pacientes dentro de los 30 días posteriores a su determinación (los sobrepagos de aseguradoras se rigen por normas separadas). Implemente un SOP escrito y capacite al personal de facturación.

10) Sobrepagos de seguros a psicólogos: límite de 12 meses

A partir de servicios prestados el 1 de enero de 2026, aseguradoras y HMOs solo tendrán 12 meses (antes 30) para reclamar sobrepagos a psicólogos licenciados, alineándose con otros proveedores.

11) El seguro para mascotas ahora está claramente regulado

La ley HB 655 establece un marco regulatorio formal (divulgaciones, límites a períodos de espera, período de prueba de 30 días con reembolso y reglas de publicidad para programas de bienestar). Relevante para agencias, MGAs y negocios del sector de mascotas en Miami-Dade.

12) Condominios/HOAs: requisito de sitio web o portal para edificios de 25+ unidades

Para el 1 de enero de 2026, las asociaciones de condominios con 25 o más unidades (sin timeshares) deben operar un sitio web o portal conforme a ley y publicar registros oficiales específicos (incluidas actas, ciertos contratos y documentos de seguridad). Espere mayor fiscalización.

13) Contratación gubernamental en emergencias: nuevas cláusulas obligatorias

Para contratos de respuesta a emergencias celebrados, renovados o modificados a partir del 1 de julio de 2025, el incumplimiento durante un “período de recuperación por emergencia” activa daños reales, consecuenciales o liquidados, además de una multa de $5,000, con deberes de publicación y transparencia vigentes desde el 1 de enero de 2026. Revise plantillas contractuales.

 

Lista de verificación para propietarios/GC en Miami-Dade (enero 2026)

 

Seguros y riesgo

  • Confirme la reducción del –6.9% en compensación laboral.

  • Entidades de salud: implemente el proceso de reembolsos en 30 días; psicólogos ajusten SOPs (ventana de 12 meses).

Impuestos y finanzas

  • Actualice recargos de combustible y elimine el impuesto de aviación donde aplique.

  • Considere el retraso del impuesto al gas natural hasta 2030.

  • Contribuyentes de impuesto corporativo: revise la conformidad IRC y cambios para fideicomisos; evalúe el crédito Home Away From Home.

  • Use 11% para intereses del DOR hasta el 30 de junio.

Operaciones y contratos

  • Telecom/IT: valide cargos CST conforme a las nuevas tasas.

  • Condominios/administradores: confirme cumplimiento del portal web (25+ unidades).

  • Proveedores gubernamentales en emergencias: incorpore las nuevas cláusulas obligatoria

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Para asistencia legal alineando contratos, políticas y estrategia fiscal con estos cambios, contacte al Attorney Yoel Molina en admin@molawoffice.com, llame al (305) 548-5020 (Opción 1) o WhatsApp (305) 349-3637.